🔴 Alerta Fiscal – Alcance del dictamen fiscal

El TFJA resolvió que el dictamen de estados financieros formulado por contador público registrado tiene presunción de veracidad respecto de los hechos asentados; sin embargo, únicamente constituye una opinión técnica y no sustituye ni limita las facultades de comprobación de la autoridad fiscal, quien puede requerir información adicional para verificar el cumplimiento de obligaciones fiscales.

🔴¿Qué implica esta jurisprudencia?
1. Alcance del dictamen fiscal: Aunque el dictamen goza de presunción de veracidad conforme al artículo 52 del CFF, sigue siendo una opinión técnica del contador público.
2. No sustituye a la autoridad fiscal: El dictamen no equivale al ejercicio de facultades de comprobación ni obliga a la autoridad a aceptar su contenido.
3. Facultad plena de revisión: El SAT puede requerir información y documentación adicional al contribuyente cuando ejerza sus facultades de comprobación conforme al artículo 42 del CFF.

📌 Recomendación preventiva
No asumir que un dictamen fiscal favorable elimina riesgos de revisión; es indispensable mantener expedientes fiscales completos y documentación comprobatoria sólida.

En Padrón & Villalobos estamos listos para acompañarte con asesoría estratégica ante cualquier resolución que impacte tu operación.

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