Por Luis Alberto Padrón
El Tribunal Federal de Justicia Administrativa resolvió que:
•Las actas notariales por sí solas NO prueban fallas en el Buzón Tributario del SAT.
•Sí pueden usarse, pero deben ir acompañadas de una prueba pericial (dictamen técnico).
•También es válida la queja tramitada ante la PRODECON.
Este criterio es clave si tuviste problemas al enviar documentos o cumplir plazos ante el SAT.
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