Por Luis Alberto Padrón
🔥La importancia de incluir los “Ingresos exentos o no acumulables” en la declaración anual 2022 de personas morales: ¿qué sucede si se omiten?
El artículo 16 ISR establece que ciertos ingresos no se consideran acumulables.
Esto incluye los ingresos obtenidos por el aumento de capital, pago de pérdidas por parte de los accionistas, y la valoración de acciones mediante el método de participación.
Además, no se consideran ingresos aquellos obtenidos como resultado de la revaluación de activos y capital, los ingresos por dividendos o utilidades percibidos, entre otros.
Es importante que se tomen en cuenta las siguientes consideraciones, ya que estos importes se deberán incluir en el rubro “Ingresos exentos o no acumulables” de la declaración anual, esto aplica también para personas morales RESICO, cabe aclarar que dichos conceptos no se requerían en los formatos previos al 2022. Les sugerimos prestar atención a esta información para evitar confusiones y discrepancias al momento de presentar su declaración fiscal.

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