🔴 SAT intensifica requerimientos por declaraciones presentadas sin efectuar el pago.

Por Luis Alberto Padrón

La omisión del pago convierte a las declaraciones en incumplidas, aunque hayan sido enviadas.

En las últimas semanas, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha incrementado el envío de requerimientos formales a contribuyentes que presentaron sus declaraciones provisionales pero que no realizaron el pago correspondiente.

Este tipo de actuaciones se fundamentan en el artículo 63 del Código Fiscal de la Federación, y ya han comenzado a notificarse en distintas entidades del país.

Presentaste, pero no pagaste: sigue siendo incumplimiento

La autoridad fiscal ha dejado claro que la sola presentación de la declaración no implica cumplimiento de la obligación, si no se acompaña del pago correspondiente. En consecuencia, se están generando actos administrativos de requerimiento, otorgando al contribuyente un plazo de 15 días hábiles para subsanar la omisión, contados a partir del día siguiente a la notificación.

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Ejemplo de notificaciones por parte del SAT

¿Y si ya presenté una complementaria? No confíes en la nueva fecha

Un punto que ha causado confusión es cuando el contribuyente decide presentar una declaración complementaria que, por el sistema, muestra una nueva fecha de vencimiento. La autoridad fiscal ha advertido que esta nueva fecha no constituye un derecho adquirido, por lo que puede requerir el cumplimiento desde la fecha original, sin esperar el nuevo vencimiento mostrado en el portal.

Esto significa que el riesgo de recibir un requerimiento persiste, incluso cuando el contribuyente considera que ha “corregido” a tiempo.

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Evita sanciones innecesarias

Recordemos que este tipo de omisiones puede derivar en multas por infracciones fiscales, además del requerimiento propiamente dicho. Lo ideal es asegurar que cada declaración esté acompañada de su pago, y no confiar en los plazos arrojados por complementarias.

Recomendación final

Verifica que todas tus declaraciones, tanto provisionales como definitivas, hayan sido presentadas y pagadas correctamente. Si presentaste una complementaria, no te confíes: la autoridad está ejerciendo facultades de verificación sin esperar nuevas fechas.

¿Tu empresa ya validó que todas sus declaraciones han sido correctamente pagadas?

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